24 de enero de 2011

La observación presidencial y el estado de la ley de cine

En los días posteriores a la observación presidencial a la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional, hemos venido reflexionando al respecto, y queremos compartir con ustedes nuestro parecer sobre este tema de crucial importancia para la cinematografía nacional.

En primer lugar, la observación de la ley es un importante logro colectivo, en el sentido que ha cerrado el paso a una ley que favorecía indebida y exageradamente los intereses del comercio cinematográfico, rechazada por la gran mayoría de la comunidad cinematográfica, sectores de la cultura y buena parte de la opinión pública, y que además hacía perder un monto significativo del presupuesto estatal del Conacine que la Ley 26370 ampara.

Sin embargo, el documento firmado por el Presidente y el premier Chang añade una serie de puntos –no pedidos por los cineastas– que rechazan y desbaratan gran parte de las premisas que se han estado discutiendo en general en este largo proceso de la ley. En total, tiene siete considerandos que pasamos a analizar:

1. Según el documento, las “obligaciones” que la ley proponía imponer a los distribuidores y exhibidores (colocar más copias en el mercado, hacer algunas proyecciones gratuitas, distribuir al menos dos filmes peruanos al año, asesorar a cineastas nacionales), que en realidad son simples acciones de su negocio, restringirían y/o desincentivarían la expansión de sus actividades, lo que atentaría contra la libertad de comercio, como era fácil advertirlo en el proyecto. “Repercutiría negativamente en la rentabilidad de los inversionistas”, dice textualmente, omitiendo las ganancias que con esa ley obtenían esos sectores.

2. La propuesta de crear los Fondos Procine y Antipiratería duplican funciones del Conacine y el Indecopi. Es decir, si Conacine se encarga de fomentar la creación y producción de obras cinematográficas a través de concursos, e impulsar la promoción y difusión del cine nacional, entonces el Fondo Procine no puede hacerlo también, como si el fondo fuera una entidad autónoma. El mismo criterio se emplea para cuestionar que el Fondo Antipiratería realice acciones de control y concientización contra la piratería audiovisual, lo que hace el Indecopi.

Asimismo, a pesar de reconocer que una de las funciones asignadas al Conacine es “preservar el patrimonio audiovisual del país”, se adelanta una mención negativa a la Cinemateca, en el sentido que su creación “como un organismo público dependiente del Conacine” colisiona con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

3. Cuestiona otra vez la creación de los Fondos Procine y Antipiratería: “en la legislación vigente, en el ámbito de la administración financiera, está prohibida la creación de fondos con y sin personería jurídica”, porque separa recursos públicos con carácter extra presupuestal, los sustrae del Sistema Nacional de Presupuesto y del ámbito de la administración financiera del Sector Público. Se afirma que genera desorden porque cada centavo usado “no tiene un correlato en alguna meta presupuestal ejecutada y un objetivo institucional cumplido; conllevando además una imposibilidad de evaluar técnicamente si el recurso público cumplió la finalidad para su uso”. Es decir, en esencia no se acepta que Conacine, siempre tan limitado en el manejo del presupuesto que recibe directamente del Tesoro Público, aspire a tener mayor autonomía en el uso de los recursos del Fondo Procine.

Además, “centralizar recursos en una cuenta aparte o fondo, no permite utilizar eficientemente los recursos públicos”, y “se tendrían recursos depositados en cuentas que no pertenecerían al Tesoro Público por lo que no se podrán utilizar”.

4. Pese a mencionar que es función del Conacine fomentar la creación y producción de obras cinematográficas “prestando una especial atención a los nuevos realizadores”, no considera adecuado otorgar recursos del Fondo Procine a los cineastas regionales sin exigir “estándares mínimos de calidad en la prestación del servicio o de lograr un nivel de ventas que permita, de alguna forma, medir el impacto de la medida en el interior del país”. Es decir, el criterio es estrictamente economicista, olvidando que el fomento del cine regional principalmente debe responder al desarrollo de identidad cultural, y que además no es automático, sino vía concursos. En todo caso, si se trata de exigir “estándares mínimos de calidad” –que habría que empezar por definirlos–, debería ampliarse a todos los premios de Conacine.

Sugiere también que “generaría comportamientos oportunistas de las empresas actualmente establecidas o de las que se crearían”. Por ejemplo, que surjan empresas “que no hayan comprometido un nivel de inversión mínima o que tengan proyectos que no serían rentables y que sólo sobrevivirían con el aporte del Fondo; y, de otro lado, la creación de subsidiarias de empresas localizadas en Lima Metropolitana o en el Callao sólo para obtener las ayudas del Fondo”. Estos riesgos podrían evitarse fácilmente con la elaboración de un reglamento claro y su atenta aplicación.

Como nota curiosa, el documento asume erróneamente que el porcentaje que la ley aprobada proponía destinar al cine regional era de 20%, cuando ya sabemos que tal como quedó la redacción en la ley aprobada por el Congreso, era el 20% del 15%, o sea el 3%.

5. Expresa una negativa más amplia a la creación de la Cinemateca. Considera que el proyecto de ley Procine y el dictamen de la Comisión de Economía del Congreso, que lo aprobó “no acompañan un análisis costo–beneficio en el que se sustente su viabilidad técnica y económica, indicándose además el costo de su implementación y funcionamiento”. Agrega que para ser posible la creación de la Cinemateca “se requerirá que se destinen los recursos necesarios”, pero éstos “no se encuentran previstos en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011”, obviando que, según la ley, provendrían del Fondo Procine y no del presupuesto asignado por el sector Cultura.

6. Considera improcedente la propuesta de reducir el impuesto municipal a 0%, al plantear “la reducción de los ingresos tributarios de los municipios donde se realice el espectáculo cinematográfico, afectando el cumplimiento de los compromisos presupuestales de éstos”, y supone que los municipios afectados “podrían solicitar asignaciones presupuestales complementarias al Gobierno Nacional, pedidos que no podrían ser atendidos dadas las restricciones fiscales aplicables a las asignaciones de gasto”. Y añade que “en la actual coyuntura económica, se deberían descartar medidas de reducción de los ingresos fiscales a fin de lograr una solidez en la percepción de los ingresos municipales”. Es decir, el mensaje es: no le quiten un centavo a los gobiernos ediles.

De este modo, es necesario replantear la discusión, porque el Ejecutivo asume que es imposible reducir el impuesto. Hay que convencerlo, en primer lugar, de la necesidad de apoyar al cine peruano reduciendo parcial o totalmente el impuesto municipal y asignar todo o parte de este recurso directamente a Conacine. Este consenso con el Ejecutivo es el primer paso para que la ley sea posible.

7. Indica que las modificaciones hechas a la Ley 26370 el presupuesto estatal de Conacine eliminarían la partida correspondiente a los concursos de cortometraje, por lo que debería hacerse la corrección para que no se pierda, planteando la modificación del artículo 17 de la ley actual para unificar los montos de los premios de largos y cortos. Este es el único punto en que el documento responde satisfactoriamente al pedido conjunto de los gremios para que observe la ley.

Resumen

La observación presidencial rechaza eliminar el impuesto municipal, crear los Fondos Procine y Antipiratería, destinar un porcentaje significativo al cine regional, desarrollar la Cinemateca Nacional, y poner obligaciones a los exhibidores y distribuidores. Únicamente acepta proteger el presupuesto estatal del Conacine en el marco de la Ley 26370, o sea lo que ya es previamente existente.

Sin duda, el texto de la observación ha tomado como base el punto de vista de los técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas, que ya lo habían adelantado en su informe negativo de la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional, enviado a las Comisiones de Economía y Finanzas y Educación y Cultura del Congreso de la República. Llama la atención, sin embargo, que no haya mención alguna al aspecto cultural y de identidad de la cinematografía, como si fuera una actividad estrictamente mercantil, lo que revela que el Ministerio de Cultura es todavía una débil y poco atendida voz en el Ejecutivo.

Conclusión

En días pasados consideramos pertinente esperar la observación presidencial y evaluar su contenido, antes de firmar el convenio privado y un determinado porcentaje. Ahora que conocemos el texto de la observación, y que se ha rechazado la eliminación del impuesto municipal y la creación de un fondo que se nutra de él, es evidente que no tiene sentido ni razón seguir en ese camino.

Expresamos nuestra intención de buscar una solución satisfactoria para todas las partes que, fundamentalmente, cuente con la voluntad política del Gobierno a favor de brindar los mayores recursos posibles y permanentes para el cine nacional, revise el funcionamiento del Conacine e incluya los acuerdos en los temas (30% para el cine regional, régimen laboral apropiado, Cinemateca operativa) que formaron parte de la carta conjunta enviada al Presidente de la República.

Aprovechando el espacio de encuentro abierto por el Ministerio de Cultura, debería iniciarse un trabajo de los gremios de cineastas con especialistas de diversos sectores para propiciar una moderna y auténtica ley de cine, que considere los puntos manifestados en las cartas que los gremios dirigieron al Ejecutivo sustentando la solicitud de observación de la ley, tomando como base las otras legislaciones de la región y, como ha sido sugerido en medio del debate público, apelando a los fondos de la cooperación internacional para desarrollar leyes de cine coherentes con los principios ratificados por el Estado Peruano en tratados de carácter vinculante en el marco de la UNESCO, como la Convención por la Diversidad Cultural.

Es momento de que la totalidad de los cineastas, de todo tipo de procedencia, busque el replanteamiento sereno de los aspectos que hagan posible la aprobación de una buena ley, que sea inclusiva, descentralizada, teniendo en cuenta el desarrollo de las nuevas tecnologías y que aspire a un progreso integral y planificado de mediano y largo plazo.


Unión de Cineastas Peruanos (UCP)
Lima, 23 de enero del 2011

21 de enero de 2011

Observación Presidencial a la Ley Procine

Lima, 14 de enero del 2011

OFICIO Nº 013-2011-DP/SCM
Señor
CESAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República
Presente.-

De nuestra consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted con relación a la Autógrafa de la “Ley de masificación del cine y fomento de la producción cinematográfica nacional” a fin de manifestarle que, no obstante estar de acuerdo con la adopción de medidas destinadas a apoyar la producción cinematográfica nacional, de la revisión y evaluación efectuada por el Poder Ejecutivo, se estima conveniente observarla por los fundamentos que a continuación se exponen:

1. La autógrafa de la Ley establece obligaciones para los distribuidores y exhibidores cinematográficos que, de un lado, restringirían y/o desincentivarían la expansión de la actividad de distribución y exhibición cinematográfica; y, del otro lado, podrían elevar los precios de las entradas de los eventos cinematográficos.

En efecto, la Autógrafa de la Ley no sólo establece un conjunto de obligaciones para los distribuidores y exhibidores, tales como efectuar presentaciones gratuitas, distribuir al menos dos filmes nacionales al año, brindar asesorías comerciales a los proyectos cinematográficos nacionales, entre otras, sino que, adicionalmente, obliga a tales empresas a destinar el equivalente al 3.3% del valor de la entrada al denominado “Fondo Procine”, lo que repercutiría negativamente en la rentabilidad de los inversionistas.

En tal sentido, esta situación restringiría y/o desincentivaría la expansión de actividades de exhibiciones y distribución de filmes. Por otro lado, en caso decidan trasladarlo a los consumidores vía aumento de precios, el efecto negativo se daría en la demanda, afectándose más a los espectadores de las zonas con pocas presencias de salas de cine, por lo que puede preverse que la medida tendría un efecto contrario a la finalidad de la norma.

Asimismo, tales medidas atentan contra el derecho a la libre empresa señalado en el artículo 59º de la Constitución Política del Perú, en particular, con la libertad de organización del empresario y de dirección en la empresa.

2. La Autógrafa de la Ley duplica funciones ya asignadas a otras entidades estatales y colisiona con la normativa nacional vigente.

La Autógrafa de la Ley duplica funciones ya asignadas a otras entidades públicas, colisionando con lo dispuesto por la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Así por ejemplo, la creación del Fondo Procine duplicaría algunas funciones de previamente asignadas al Consejo Nacional de Cinematografía (Conacine), como fomentar la creación y producción de obras cinematográficas peruanas a través de concursos (prestando una especial atención a los nuevos realizadores), impulsar la promoción y difusión nacional e internacional del cine nacional y preservar el patrimonio audiovisual del país.

Además la creación de un Fondo Antipiratería que realice acciones de control y concientización contra la piratería audiovisual, campañas educativas de protección de los derechos de propiedad intelectual y programas de capacitación a las autoridades involucradas en la protección de los derechos de propiedad intelectual, constituye una medida que duplica las funciones ya desarrolladas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) a través de la Dirección de Derechos de Autor. En el cumplimiento de las tareas asignadas, el INDECOPI lleva a cabo, de manera permanente, campañas para combatir la piratería (incluyendo la de naturaleza audiovisual) en coordinación con el Ministerio Público y la Policía Nacional. Del mismo modo, de manera continua, ejecuta programas de difusión, capacitación y formación en los temas de protección de los derechos de autor y combate de la piratería a escala nacional.

De otro lado, la creación de la Cinemateca Peruana como un organismo público dependiente del Conacine, colisiona con el artículo 28º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), dado que esta propuesta no responde a una iniciativa del Poder Ejecutivo. Asimismo, colisiona con el artículo 29º de la LOPE, en tanto no se ha encontrado en la Exposición de Motivos el plan inicial de actuación del organismo por parte de su Sector, el cual es un requisito para la creación de un organismo público

3. Creación del Fondo de Fomento a la Producción Cinematográfica (Fondo PROCINE) y Fondo Antipiratería

Respecto a los artículos vinculas al Fondo Procine y al Fondo Antipiratería debemos señalar que, en la legislación vigente, en el ámbito de la administración financiera, esta prohibida la creación de fondos con y sin personería jurídica. La razón principal por la cual se prohíbe este mecanismo de administración de recursos a través de fondos esta centrada en el hecho que separa recursos públicos con carácter extra presupuestal, es decir, los sustrae del Sistema Nacional de Presupuesto y, por ende, del ámbito de la administración financiera del Sector Público. Cuando un recurso público es utilizado fuera del presupuesto e incluso de las cuentas públicas, se genera un desorden financiero y presupuestal, dado que cada nuevo sol que se ejecuta no tiene un correlato en alguna meta presupuestal ejecutada y un objetivo institucional cumplido; conllevando además una imposibilidad de evaluar técnicamente si el recurso público cumplió la finalidad para su uso.

La Constitución Política del Perú expresamente recoge dicho sustento, cuando establece en su artículo 77º que “La administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso (…)”. Por su parte la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que “Todos los ingresos y gastos del Sector Público, así como todos los Presupuestos de las Entidades que lo comprenden, se sujetan a la Ley de Presupuesto del Sector Público”.

Otro aspecto que se debe tomar en cuenta es que centralizar recursos en una cuenta aparte o fondo, no permite utilizar eficientemente recursos públicos, dado que ante la carencia de recursos para atender necesidades, principalmente de las poblaciones menos favorecidas a través de programas sociales y de lucha contra la pobreza, se tendrían recursos depositados en cuentas que no pertenecerían al Tesoro Público por lo que no se podrán utilizar.

Es por ello que el artículo 62º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone textualmente lo siguiente: “Queda prohibida la creación o existencia de fondos u otros que conlleven gastos que no se encuentren enmarcados dentro de las disposiciones de la presente Ley”.

Asimismo, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, en el numeral 15.1 del artículo 15º señala expresamente que queda prohibida “la creación o existencia de fondos u otros que conlleven gastos que no se encuentren enmarcados dentro de las disposiciones de la presente Ley”.

Adicionalmente, desde el punto de vista de la tesorería, la creación de fondos contraviene lo establecido en el Principio de Unidad de Caja de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, a través del cual se dispone la administración integral y centralizada de los fondos públicos, cualquier sea su fuente de financiamiento e independientemente de su finalidad.

Del mismo modo, constituye una medida que resulta incompatible con los lineamientos y dispositivos aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas como parte de las acciones adoptadas en el proceso de implementación de la Cuenta Única del Tesoro Público, con el objetivo de mejorar y fortalecer la gestión de las finanzas públicas. Además, el numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, y el numeral 62.1 del artículo 62º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen prohibiciones en cuanto a la conformación de nuevos fondos.

De otro lado, estimamos necesario que se tenga en cuenta que a través de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Sector Público para el año fiscal 2011, se declaró en proceso de racionalización los fondos adscritos o administrados por las entidades públicas, entendiéndose por racionalización a la acciones orientadas a determinar la continuidad, fusión o extinción de dichos fondos.

4. Otorgar recursos del Fondo Procine a la empresas ubicadas fuera de la región Lima y Callao no resulta adecuado para descentralizar estas actividades

La propuesta de otorgar el 20% de las ayudas del Fondo Procine a las empresas dedicadas a la producción, servicios y distribución de obras cinematográficas nacionales a empresas ubicadas fuera de la Región Lima y Callao, sin la exigencia en el cumplimiento de estándares mínimos de calidad en la prestación del servicio o de lograr un nivel de ventas que permita, de alguna forma, medir el impacto de la medida en el interior del país, generaría comportamientos oportunistas de las empresas actualmente establecidas o de las que se crearían.

En efecto, la propuesta incentivaría, de un lado, la aparición de empresas que no hayan comprometido un nivel de inversión mínima o que tengan proyectos que no serían rentables y que sólo sobrevivirían con el aporte del Fondo; y, de otro lado, la creación de subsidiarias de empresas localizadas en Lima Metropolitana o en el Callo sólo para obtener ayudas del Fondo. En esa línea, de generalizarse tal comportamiento oportunista, en el extremo, el aporte recibirían las empresas podrían llegar a ser ínfimo (mientras más empresas se instalen, menor será el aporte que reciban del Fondo), lo cual haría que el efecto de la medida sea nula.

5. Creación de un nuevo organismo: La Cinemateca Peruana.

En cuanto a la creación de la Cinemateca Peruana se señala que será un organismo dependiente del Conacine, el cual conforme al artículo 5º de la Ley 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, es un órgano dependiente del Ministerio de Educación. Sin embargo, es pertinente mencionar que de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, que modificó el Decreto Supremo Nº 001-2010-MC mediante el cual se aprobaron las fusiones de diversas entidades y órganos en el Ministerio de Cultura, el Conacine forma parte del Ministerio de Cultura en tanto que su proceso de fusión debió haber concluido – cuyo plazo venció el 31 de diciembre del 2010 – y que implicó la transferencia al Ministerio de Cultura de los bienes muebles e inmuebles, personal, acervo documentario, derechos, obligaciones, activos y pasivos de los organismos fusionados, así como los créditos presupuestarios. Cabe señalar que para el año fiscal 2010, el Conacine recibió del pliego del Ministerio de Educación la suma de S/. 4,2 millones por concepto de subvenciones a personas jurídicas.

Asimismo, podemos indicar que para el 2011, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011, ha aprobado una subvención a favor de este Consejo por S/. 5,2 millones y que se financiará con cargo a los recursos del presupuesto del pliego Ministerio de Cultura, monto que consideramos podría resultar insuficiente para financiar, a su vez, la creación de la Cinemateca Peruana, en razón que tanto el Proyecto de Ley Nº 3938/2009-CR como el Dictamen de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República no acompañan un análisis costo-beneficio en el que se sustente su viabilidad técnica y económica, indicándose además el costo de su implementación y funcionamiento, tal como lo establece el literal d) del artículo 3º de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011.

En este contexto, para que se pueda llevar a cabo la medida propuesta por la Autógrafa de la Ley se requerirá que se destinen los recursos necesarios para la creación de la Cinemateca Peruana, los mismos que no se encuentran previstos en el Presupuesto del sector Público para el año fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626.

En ese sentido, para la aplicación de la medida propuesta se demandarán recursos adicionales al tesoro Público, contraviniéndose el Principio de Equilibrio Presupuestario recogido por el artículo 78º de la Constitución Política del Perú y por el I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

6. La Autógrafa de la Ley propone reducir la tasa del Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos – IEPND-.

La Autógrafa de la ley busca reducir la tasa del Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos –IEPND aplicable a los espectáculos cinematográficos de 10% a 0%, medida que resulta improcedente al plantear la reducción de los ingresos tributarios de los municipios donde se realice el espectáculo cinematográfico, afectando el cumplimiento de los compromisos presupuestales de estos. Así, las municipalidades distritales afectadas, podrían solicitar asignaciones presupuestales complementarias al Gobierno Nacional, pedidos que no podrían ser atendidos dadas las restricciones fiscales aplicables a la asignación del gasto.

En ese sentido, la propuesta de reducir los ingresos municipales provenientes del IEPND resulta contraria al proceso de descentralización fiscal y a las medidas que se han dictado para fortalecer los ingresos de las municipalidades, entre ellas el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, creado mediante la Ley Nº 29332, que tiene por objeto incentivar a los gobiernos locales a mejorar los niveles de recaudación de los tributos municipales y la ejecución del gasto en inversión.

Por otro lado, la propuesta crea precedente para que otras entidades soliciten la reducción de la tasa de los impuestos municipales o del Tesoro Público, en tanto se sustenten en fomentar una determinada actividad o sector económico, sin tener en cuenta las prioridades a considerarse en el manejo del gasto público, puesto que la programación y ejecución del presupuesto responden a los criterios de eficiencia de necesidades sociales básicas y de descentralización.

Adicionalmente, en la actual coyuntura, se debería descartar medidas de reducción de los ingresos fiscales a fin de lograr una solidez en la percepción de los ingresos municipales.

En efecto, es necesario considera que en los últimos tres años, el rubro de cines ha venido creciendo en el país, sin necesidad de tener privilegios tributarios, mejorando su oferta para satisfacer la demanda ante las mejores condiciones económicas de la población. Específicamente, respecto a la demanda de los espectáculos cinematográficos, según datos de las cadenas de cine (publicados en el diario El Comercio del 26/07/2010), la asistencia a las salas de cine se ha incrementado considerablemente en los últimos años; así, en el año 2009 se registró la asistencia de 17,2 millones de espectadores, 14% más que el año anterior y 107% más que el año 2000, lo que demuestra que la exoneración tributaria no es necesaria para fomentar el crecimiento del sector.

7. Efectos de la Autógrafa en la Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía Peruana

De acuerdo a la Autógrafa de la Ley, se estaría modificando la totalidad del Capítulo V de la Ley Nº 26370, Ley de la Cinematografía Peruana, conforme al siguiente esquema:
• Modifica los artículos 11º al 16º a través del artículo 15
• Mantiene vigente, de manera tácita, el artículo 17º de la Ley Nº 26370
• Deroga los artículos 18º al 24º a través de su Primera Disposición Final

En virtud de ello se mantiene (de manera tácita) el apoyo otorgado a los premios de largometrajes con un monto total de 620 UIT para los tres (3) primeros lugares de cada Concurso Nacional, que se realizará dos veces al año, de acuerdo con la Ley Nº 26370. Asimismo, resguarda el otorgamiento de las partidas necesarias para el Conacine.

Sin embargo la Quinta Disposición Complementaria Final de la Autógrafa de la Ley establece, expresamente, la derogatoria de los artículos 18º al 24º de la Ley Nº 26370, con lo que se eliminaría el apoyo económico que acompaña a los premios de cortometraje, que es de 16 UIT para cada obra cinematográfica premiada.

En tal sentido, resultaría mucho más conveniente plantear la modificación del artículo 17 de la Ley Nº 26370, a través de un nuevo texto que unifique los montos establecidos para apoyo económico, tanto para los premios de largometrajes como para los premios de cortometrajes.

Por las razones expuestas, se observa la mencionada Autógrafa de Ley, en aplicación del artículo Nº 108 de la constitución Política del Perú.

Atentamente,

ALAN GARCÍA PEREZ
Presidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHAG ESCOBEDO
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación

Comunicado APCP a la comunidad cinematográfica

Estimados Colegas,

El 28 de diciembre reciente, mientras se encontraba sesionando la Comisión Permanente del Congreso, se reunieron representantes de nuestra asociación con representantes de la UCP y tomamos el acuerdo de pedir conjuntamente la observación de la ley 3938 con cargo a sugerir correcciones que se acordarían de manera conjunta. En los días posteriores, dichas reuniones se efectuaron y como consecuencia de ellas se elaboró un documento que fue elevado a la Presidencia de la República.

En este documento se solicitaban las siguientes modificaciones:

1) Que los aportes del Estado consignados en la ley 26370 se mantuvieran vigentes a fin de ser parte del presupuesto de Conacine conjuntamente con los nuevos aportes provenientes del nuevo fondo Procine.

2) Que del fondo Procine el 30% sea dirigido a empresas domiciliadas fuera de Lima para fines de capacitación, desarrollo, producción y demás actividades conexas a la promoción del cine regional.

3) Que se modifiquen los artículos referidos al Régimen Laboral en el sentido de que éste se ciña a lo que corresponde a la actividad privada, sin las referencias a la especificidad de la actividad cinematográfica como figuraba en la propuesta de la ley 3938.

4) Que en el tema económico y tributario se proponen tres alternativas para que el Ejecutivo, en función de su viabilidad, decida cuál es la que podría contar con su respaldo: la primera es la reducción a 0% del impuesto municipal y simultáneamente se genera un aporte del 5% para Conacine; la segunda sugiere que el 10% del impuesto pase a Conacine quien se encargará de distribuir, de acuerdo a sus políticas de promoción del cine, tanto a las empresas de producción como a las de exhibición y distribución; y la tercera es que, a partir de la eliminación del impuesto municipal, se promueva un Convenio entre el Conacine y las empresas de exhibición y distribución a través del cual un 3.3% del valor de cada entrada al cine vaya a Conacine para que este promueva la producción de películas peruanas. El compromiso era que se aceptaría sea cual fuere entre las tres alternativas la que decidiera el Ejecutivo.

Si bien es cierto que en el razonamiento de lo que objeta el Ejecutivo en su observación a la ley parece no dejar caminos abiertos para el financiamiento del cine peruano, debemos informar que el Ministerio de Cultura se encuentra en conversaciones con los distintos estamentos vinculados al tema, y en una reunión sostenida el día de hoy 18 de enero, se nos ha comunicado que se han abierto nuevamente posibilidades para un replanteamiento sobre el tema por lo que deberíamos mantener el diálogo abierto y respetar los acuerdos hasta ahora alcanzados en las reuniones que tuvimos a inicios de este mes, más aún cuando la que parece ser la única posibilidad accesible a conseguir financiamiento para el cine peruano -el Convenio entre el Conacine y el gremio exhibidor-distribuidor- ha conseguido aumentarse al 4% por gestiones hechas por el Ministerio de Cultura.

Queremos reiterar que en las reuniones entre ambos gremios sostenidas los primeros días del mes de enero del presente, la APCP, mostrando una voluntad de acercamiento y búsqueda de consensos, aceptó TODAS las propuestas planteadas por la UCP -incluyendo algunas que no comparte a plenitud- como consta a los asistentes de dichos encuentros.

Ese documento, como reiteramos, fue dirigido a la Presidencia de la República y también al Ministerio correspondiente, en este caso al Ministerio de Cultura.

Por todo lo expuesto genera sorpresa y desconcierto que la UCP haya decidido no firmar, al menos por el momento, el documento que promueve este acuerdo final. Es verdad que en ocasiones anteriores se han llegado a acuerdos con la UCP que luego han sido desconocidos por lo que no debería llevarnos al asombro, pero en este caso existe un documento en el cual están incluidas todas sus demandas.

Nos preguntamos: ¿Desea realmente la UCP que se apruebe una ley de cine?

Les recordamos a los colegas que llevamos ocho años buscando la aprobación de una ley que promocione la producción de cine peruano y hoy estamos más cerca que nunca de conseguirlo. Con este acuerdo tendremos un aporte que prácticamente duplica los montos que tiene hoy el Conacine con lo cual se podría casi triplicar la producción de películas peruanas, incluyendo cine regional, capacitación, promoción de nuevos cineastas, etc.

A través de este comunicado no solo queremos poner en conocimiento de la comunidad cinematográfica lo ocurrido en estas decisivas últimas semanas sino también hacer un llamado a los colegas de la UCP para que, de la misma manera que la APCP se avino a aceptar la totalidad de sugerencias que ellos plantearon para la suscripción del documento, reflexionen sobre la circunstancia histórica que estamos viviendo, y hagan un esfuerzo por encontrar un espíritu unitario que permita finalmente ir juntos a la búsqueda de la aprobación de una ley de cine que daría un impulso extraordinario a la producción de cine peruano.


LA DIRECTIVA
Asociación de Productores Cinematográficos del Perú - APCP
19 de enero del 2011

17 de enero de 2011

Comunicado Nº 33 de la UCP sobre observación presidencial

La Unión de Cineastas Peruanos saluda la decisión del Presidente de la República de observar la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional aprobada hace algunas semanas por el Parlamento. Era lo inevitable ante una norma que estaba viciada desde su origen, pensada más en función de los intereses y las necesidades de las empresas de exhibición y distribución comercial, en vez de favorecer al cine nacional e impulsarlo como industria cultural moderna y sustentable.

Eso no significa oponerse a que el cine peruano tenga más fondos de los que el Estado destina anualmente, y de manera incompleta, al CONACINE, pero no de la manera ni en los alcances que planteaba esta propuesta. Más aún si como dice el mandatario, por el apresuramiento –y falta de consenso, agregaríamos nosotros– con que se originó este texto legal “terminábamos retrocediendo en vez de avanzar para fomentar el cine nacional”, refiriéndose a la pérdida de las partidas presupuestales al CONACINE determinadas en la Ley 26370. También el Presidente García hizo alusión al reclamo de los cineastas regionales, pidiendo que la ayuda del Estado “se descentralice y no se focalice sólo sobre los cineastas que tienen cierta notoriedad” y mayores posibilidades, lo que se profundizaba con la llamada Ley Procine, que tal como fue aprobada sólo destinaba el 3% para los cineastas de los 23 departamentos del Perú.

Pasada la hoja de este capítulo, los cineastas peruanos debemos sacar lecciones de lo ocurrido para no repetir errores que nos llevaron a esta situación. Una de ellos es no volver a incurrir en apresuramientos y suscripciones de acuerdos y compromisos sin mayores debates ni consultas con todos los involucrados, más aún ahora que luego de la observación presidencial, el tema de la ley vuelve al terreno del Legislativo.

La primera gran cuestión que deberíamos dilucidar entre todos los cineastas, agremiados o no, es si nos contentamos con hacer maquillajes y algunas modificaciones al proyecto observado, conservando su espíritu y esencia básica, o si, por el contrario, optamos por una verdadera ley de cine, integral, inclusiva, descentralizada y acorde al desarrollo de las nuevas tecnologías y a la realidad de nuestro país, que no se limite a tratar de proveer más fondos para lo mismo, sino más bien reestructurar y reimpulsar por completo al cine nacional.

En ese sentido consideramos auspicioso el espacio de diálogo y búsqueda de consenso abierto entre los gremios de la UCP y la APCP, que ahora se desarrolla con la intermediación del Ejecutivo a través del Ministerio de Cultura. Pero incurriríamos en otro nuevo y repetitivo error si este espacio abierto de debate y acuerdo se restringe a estos actores, más allá de invitar a representantes del comercio cinematográfico. Es necesario que en este proceso participen también quienes han tenido un protagonismo importante y diferenciado, como los cineastas regionales, independientes, no agremiados, cortometrajistas, técnicos, críticos, docentes, exhibidores culturales, y empresas proveedoras de equipos y servicios, que conforman el conjunto de la cinematografía nacional.

Por lo pronto, nuestro gremio se compromete a impulsar el más amplio, sereno y democrático debate respecto a la Ley de Cine y el tipo de desarrollo cinematográfico que en conjunto debemos plantearnos. Otro compromiso es proponer y explorar nuevas fuentes y formas de financiación para el cine nacional, que escapen del círculo vicioso en que se entrampó el debate de la Ley en el Congreso, y que pueda incluir –y no marginar– a los municipios.

Creemos que es hora de la reflexión madura y propositiva al interior de la comunidad cinematográfica, recogiendo lo positivo de toda esta historia, como es el sentir mayoritario de la opinión pública a favor del cine y la cultura nacional. No desperdiciemos este capital moral sólo por el inmediatismo de conseguir algo más de recursos a cualquier precio, y tampoco desaprovechemos el interés hoy generado entre los propios cineastas y amplios sectores del Congreso, el Ejecutivo y amplios sectores de la sociedad a favor de nuestro sector.

Unión de Cineastas Peruanos (UCP)
15 de enero de 2011

Presidente García observa ley Procine

(tomado de Periodismo en lìnea) El presidente Alan García Pérez dijo hoy que decidió observar la autógrafa de Ley de Masificación del Cine y fomento de Producción Cinematográfica Nacional, porque “en vez de avanzar terminábamos retrocediendo” en la promoción de esa actividad.

Recordó que múltiples pedidos formulados por los cineastas señalaban que la norma aprobada por el Congreso no fue lo suficientemente meditada e iba a ocasionar que se perdieran algunos beneficios que otorgaba el Estado al cine.

“Por el apresuramiento se originó que algunos beneficios que previamente se tenían, ayudas que daba el Estado al cine, se perdieran a partir de esta ley y, entonces, terminábamos retrocediendo en vez de avanzar para fomentar el cine nacional”.

Mencionó que también se escuchó el reclamo de muchos cineastas provincianos que pidieron que la ayuda del Estado se descentralice y no se focalice solo sobre los cineastas que ya tenían cierta notoriedad y necesitan menos ayuda que ellos.

“Por esos criterios y otros he observado la ley”.

Ver video en:

5 de enero de 2011

Cineastas regionales demandan observación Ley Procine

Carta de los cineastas regionales dirigida al Presidente de la República, Alan García, solicitándole la observación de la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional

Lima, 5 de enero del 2011

Señor Doctor
Alan García Pérez
Presidente de la República
Presente. –

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a usted en representación del vasto movimiento de cineastas regionales peruanos. Los que suscriben somos cineastas de Ayacucho, Arequipa, Cajamarca, Cusco, Junín, La Libertad, Puno, San Martín, Chiclayo, Piura, Huánuco y Loreto. En los últimos años, y gracias a las nuevas tecnologías, se viene desarrollando en diferentes partes del país un importante movimiento de cineastas regionales, con decenas de obras y eventos realizados con escasos recursos y mucho esfuerzo, contando con gran respuesta del público de la zona que ve por primera vez retratada su cultura, porque somos un país pluricultural, multilingüe y multiétnico.

El cine regional no ha recibido un apoyo significativo de la actual Ley de cinematografía, la 26370, ya que sólo el 5% del presupuesto del CONACINE se destina anualmente para producciones del interior del país. Tampoco hay una atención a la formación y capacitación, tan necesaria y urgente en nuestros departamentos, ni a la exhibición alternativa y cultural, sea vía festivales, muestras itinerantes o proyecciones en poblaciones y comunidades apartadas.

Es así que confiábamos que la nueva legislación cinematográfica tomaría en cuenta al cine regional, consecuente con la actual política del Estado peruano que propicia la descentralización y el desarrollo del interior del país y no sólo la capital. Sin embargo la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional aprobada hace unos días en el Congreso de la República sólo agrava la discriminación y el centralismo, pues destina apenas el tres (3) % del fondo a crearse para promover el cine en las 24 regiones del Perú.

En realidad la Ley aprobada no parece haber sido pensada en beneficiar al cine nacional en su conjunto, sino al negocio de las trasnacionales de la distribución y exhibición comercial, que permanentemente han obstaculizado el desarrollo de nuestro cine, considerando a las películas únicamente como mercancías y no generadoras de cultura e identidad nacional.

Por todas las consideraciones antes señaladas es que le solicitamos a nombre nuestro y de muchos otros productores, realizadores, técnicos, actores y exhibidores culturales en nuestras regiones, la Observación Presidencial de Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional, para que el proyecto sea retornado al Legislativo, a fin de consolidar en consenso de todos los sectores, incluyendo a los cineastas regionales, y con asesoramiento del Ministerio de Cultura, una legislación moderna y descentralizada, que promueva el cine nacional en su conjunto, tanto en el aspecto económico como cultural.

Agradeciendo la atención que brinde a la presente y con la esperanza depositada en usted para lograr los más altos objetivos de nuestra cinematografía, hacemos propicia la oportunidad para renovarle las expresiones de nuestra mayor consideración.

Atentamente,

Marco Alvarado Garazatua
DNI 01126357
Tarapoto - Director
Richard Huarcaya Roman
DNI. 20051994
Huancayo - Productor
Tonanieva Puertas Cuellar
DNI. 41826299
Cusco - Exhibidora Cultural

Se adhieren abajo los siguientes:

CAJAMARCA
Héctor Alindor Marreros Vásquez D.N.I. 26715904 – Director Cajamarca
Manuela Briseño Gurreonero D.N.I 26921828 –Actor Cajamarca
Juan Carlos Morales Sáenz D.N.I 07940509 --Guionista Cajamarca
Idelsa Johanson de Urday D.N.I 26929544 ---Actor Cajamarca
Manuel Gonzalo Alfaro Narro D.N.I.26920275----Actor Cajamarca
Martha Virginia Nuñez Horna D.N.I 26634999---Actor Cajamarca
Ana Edith Gálvez Chávez D.N.I 26932496 –Actor Cajamarca
Vanessa Campos Lujan D.N.I 44300224---Directora Cajamarca
José Edgardo Castillo Arteaga D.N.I 26704540 –Productor Cajamarca
Filadelfio Huaripata Quiliche D.N.I 26700451---Actor Cajamarca
Luis Alberto Ramos Urquiza D.N.I 8709055 ---Actor Cajamarca
Ventura Rodríguez Fernández D.N.I 6207144 ---Actor Cajamarca
Luis Francisco Fernández Fabian D.N.I. 7208252 ---Actor Cajamarca
Nimia Elizabeth Rengifo Concuera D.N.I 7808301---Actor Cajamarca
Isidro Juan Briceño Toribio D.N.I 18880225 --Actor Cajamarca
Percy Sebastian Ricardo Pereda D.N.I 9001206 ---Actor Cajamarca
Manuel Antonio María Casanova Ríos D.N.I. 5006203 ----Actor Cajamarca
Aurora Gormas Romero D.N.I 7707054 ---- Actor Cajamarca
Rafael Moreno Vasquez D.N.I 40025256 ---Productor Cajamarca
Lizeth Otoya Rodriguez D.N.I. 43993165----Actor Cajamarca

RED DE CINE JULIAQUEÑO:
Joseph Lora Chura D.N.I. 02440028 Director Juliaca
Ramiro Diaz Tupa D.N.I. 02426317 Director y Actor Juliaca
Jorge Paredes Colla D.N.I. 41746871 Director Juliaca
Juan Oscar Gonzalez Apaza D.N.I. 02430216 Director y Actor Juliaca
Charo Calcina Chipana D.N.I. 02403011 Directora Juliaca
Yasmani R. Vilca Quispe D.N.I. 41593077 Director y Actor Juliaca
Yhon Iván Ayamamani Calisaya D.N.I. 73432260 Actor Juliaca

AYACUCHO:
Ladislao Parra Bello DNI 28308980 CINEASTA-ACTOR Ayacucho
Luis Berrocal Godoy DNI 09875133 CINEASTA Ayacucho
Juan Camborda Cruz DNI 42042070 CINEASTA Ayacucho
Luis Aguilar De la Cruz DNI 07094344 CINEASTA Ayacucho
Ramiro Velapatiño Marca DNI 07151698 CINEASTA Ayacucho
Jaime Andrés Pacheco Saez DNI 28237968 REALIZADOR-DOCUMENTALISTA
Roberto Lozano Espino DNI 46180355 CINEASTA Ayacucho
Sary Medina Galindo DNI 28309783 PRODUCTORA-ACTRIZ Ayacucho
Manuel Tenorio Palomino DNI 43371129 ACTOR Ayacucho
Elizabeth Núñez Cuadros DNI 44283839 ACTRIZ Ayacucho
Liz Vargas Vásquez DNI 41706633 ACTRIZ Ayacucho
Raquel Pérez Rodríguez DNI 70305772 ACTRIZ Ayacucho
César Aliaga Pañahua DNI 42943306 ACTOR Ayacucho
Erik Eduardo Quispe Alarcón DNI 40852520 realizador Ayacucho
Carlos Morales Martínez DNI 41477435 Editor-camarógrafo-efectos Ayacucho

AREQUIPA
Carlos Enrique Ccoyaccoya Salazar DNI 29708931 Realizador Arequipa
Adhemar Gorki Espezúa Aráoz DNI 09061485 Realizador Arequipa
Henrry Johny Molina Vargas DNI 29341453 Productor Arequipa
Miguel Barreda Delgado CE 000348263Director y productor de cine y video
CUSCO
César Alberto Venero Torres DNI 42071007 Exhibidor Cusco
Carlos Gustavo Barrionuevo Giraldo DNI 41610597 Realizador Cusco
Malú Vanessa Benavides Robles DNI 45484278 Productora Cusco
Marco Antonio Moscoso Velarde DNI 42310086 Exhibidor Cusco
Inés Agresott González C.E. 000054073 Exhibidor Cusco
Percy Andrade Rivas D.N.I. 43635843 Exhibidor Cusco
Alex Sander Aragon Trujillo D.N.I. 24006536 Exhibidor Cusco
Ángel Ramiro Romero Pacheco D.N.I. 23975564Document-Realiza Cusco
Fernando Tagle Carbajal DNI 29585972 Realizador Cusco

TRUJILLO
Roger Neyra DNI 80493882 Documentalista Trujillo
José Antonio Ulloa DNI 18120182 Productor y director Trujillo
Hilton Hugo Valdez Navarro DNI 09913308 Director Trujillo

PIURA
Raúl Zevallos Ortiz DNI 07941124 Director y Docente Cinematográfico
Ana Claudia Gamboa DNI 46259419 Actriz
Omar Zapata DNI 41930226 Asistente de dirección, editor
Paul Alvarado DNI 46594386 Editor
Dyron Soto DNI 44497508 Actor
Freddy Polo DNI 45140074 Gaffer
GianCarlo Castagnino DNI O2873695 Productor
Darwing Adrianzén DNI 40385258 Director, Productor
Jimmy Cobos DNI 23692204 Editor

CHICLAYO
Manuel Eyzaguirre Bravo DNI 40774999 Realizador y profesor Chiclayo
Paola Yesquén Elera DNI 45509526, Iluminación y sonidista Chiclayo
Rocío zapata Peña DNI 46821618 Directora de arte Chiclayo
Julia Sosa Lozada DNI 44129016 Directora Chiclayo
Fabiola Laos Atoche DNI 45599045 Script Chiclayo
Alexis Alejo Quiroz DNI 44330043 Realizador Chiclayo
Rómulo Sánchez DNI 45588569 Productor y actor Chiclayo
Tania Cieza Bravo DNI 46109825 Directora Chiclayo
Homer Leyva Fernández DNI 42446925 Productor Chiclayo
Carlos Guerrero Sirlopú DNI 45485484 Director Chiclayo
Erika Rubio Aguilar DNI 44068489 Productora Chiclayo
Paulita Alvarado Céliz DNI 46304993 Realizadora Chiclayo
Junior Carlos Alcantara DNI 45501534 Director Chiclayo
Shirley Carbonel Hernández DNI 46097831 Actriz Chiclayo
Albania Bure Labán DNI 46841559 Script Chiclayo
Carmen Escudero San Martín DNI 45151598 Directora y camarógrafa Chiclayo
Luis Fernando Gárate Calle DNI 42086220 Sonidista Chiclayo
Alejandra Bernuy Arroyo DNI 44228127 Directora Chiclayo
Lauren da Silva García DNI 44371678 Directora Chiclayo

HUANUCO
Gregorio Lorenzo Zúñiga Juypa DNI 22511380 Productor y Docente Huánuco
Elías Cabello Contreras DNI 41102886 Director y Actor Huánuco

JUNIN:
Tarma:
Ernesto Girbau Flórez DNI 08856185 Director – Productor – Capacitador Tarma
Bruno Ortiz León DNI. 07513819 Director – Productor- Actor Tarma
David Espinoza Calderón DNI 21127621 Director y productor Tarma

Huancayo:
Gerson Laurente Velazques DNI 20118699 Productor
Daniel Nuñez Duran DNI 44881646 Director
Luis Balbin Roca DNI 43106481 Productor
Jaime Nilo Inga Huamán DNI 20101669 Director
Dalmer Quintana Vila DNI 40825723 Director
Jacqueline Gloria Riveros Matos DNI 41409231 Productora
Oscar Ayala Osores DNI 19800673 Gafer, actor
Helen Aguilar Huaroc DNI 44215052 Directora
Leónidas Cáceres Torres DNI 47556573 Director, actor

LORETO:
Francisco Bardales Ramírez DNI 05411864 Productor y Guionista Iquitos
Leoncio Ramírez Vásquez DNI 40342458 Realizador Iquitos

Carta APCP - UCP al Presidente de la República

Texto de la carta conjunta de la APCP y la UCP entregada el martes 4 de enero del 2011 al Presidente de la República para solicitar la observación de la Ley Procine aprobada a fin del 2010 por el Congreso.
A la carta se adjuntaron cuatro folios explicativos sobre las razones que motivan este pedido.
Más información en: http://paginasdeldiariodesatan.blogspot.com/2011/01/humo-blanco-acuerdo-entre-cineastas.html

Lima, 4 de enero del 2011

Señor Doctor
Alan García Pérez
Presidente de la República
Presente.–

De nuestra mayor consideración:

Tenemos el agrado de dirigirnos a usted a nombre de la Asociación de Productores Cinematográficos del Perú (APCP) y la Unión de Cineastas Peruanos (UCP), los dos gremios constituidos e inscritos oficialmente como representantes de la cinematografía peruana.

El motivo de la presente es solicitarle la observación presidencial del proyecto de “Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional”, que recientemente fue aprobado por el Pleno del Congreso de la República.

Ambos gremios coincidimos en que si bien esta Ley busca dotar de más fondos al cine peruano, lo que es una necesidad urgente e impostergable para promover la cinematografía en su conjunto, tiene aspectos controversiales, no es plenamente satisfactoria y no cautela los aspectos básicos para impulsar nuestra actividad.

Los reparos a la Ley aprobada es que no garantiza íntegramente las partidas presupuestales para el CONACINE consignadas en la Ley 26370, no impulsa de manera efectiva la descentralización cinematográfica y establece un régimen laboral especial que atenta contra la normatividad vigente en el sector trabajo; para todo lo cual adjuntamos propuestas alternativas al texto de la autógrafa.

De otro lado, nuestras proposiciones principales a esta Ley es demandar que se destine el mayor porcentaje posible del impuesto municipal a ser modificado, para el fomento y desarrollo del cine peruano en su integridad; y que la materialización de esos aportes para el cine nacional, vía CONACINE, se ejecute a través de un mecanismo legal obligatorio, permanente y fiscalizable.

Por tal razón, y confiando que usted sabrá entender la necesidad de apoyar al cine nacional con una ley que satisfaga al conjunto de la comunidad cinematográfica, es que le reiteramos nuestra solicitud para que observe la “Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional”, y que el proyecto sea retornado al Legislativo, a fin de consolidar al más breve plazo y con vuestro respaldo y el asesoramiento del Ministerio de Cultura y el Ministerio de Economía y Finanzas, una legislación cinematográfica moderna, integral y viable, para orgullo de los peruanos, y a la altura de otras normas en el continente y el mundo.

Agradeciendo la atención que brinde a la presente y con la esperanza depositada en usted para lograr los más altos objetivos de nuestra cinematografía, hacemos propicia la oportunidad para renovarle las expresiones de nuestra mayor consideración.

Atentamente,

GUSTAVO SÁNCHEZ GARCÍA
Presidente APCP
DNI: 06688861

CHRISTIAN WIENER FRESCO
Presidente UCP
DNI: 07706719

NATHALIE HENDRICKX POMPILLA
Vicepresidente APCP
DNI: 08884182

FRANCISCO ADRIANZEN MERINO
Vicepresidente UCP
DNI: 07235900

FRANK PEREZ GARLAND GAMIO
Vocal APCP
DNI: 10263931

LUIS BASURTO VILLAFUERTE
Vocal UCP
DNI: 80260781

3 de enero de 2011

Taquillazo para Hollywood


Francia creó en 1948 un impuesto a la recaudación en taquilla, hoy del 11%, para financiar su cinematografía con el fin de hacer frente a la invasión de películas norteamericanas. La medida fue luego complementada por otras que gravaron también los ingresos de las empresas de televisión y video, dos de las ventanas por las que circula el cine.


Decisiones de este tipo han sido imitadas en muchas partes del mundo debido a que generan para los cines nacionales una economía de transferencia horizontal (el dinero recaudado a partir del rendimiento del mercado vuelve al sector primigenio) y una fuente estable y racional de recursos (ya que proviene de los mismos espectadores y no de todos los contribuyentes)


En el Perú, por el contrario, a través de la llamada Ley “Procine” se ha optado por una alternativa, inédita a nivel internacional, que beneficia principalmente a las empresas de distribución y exhibición vinculadas a Hollywood. Lo hace porque el Estado renuncia a su potestad de gravar una actividad económica con fines de interés nacional para avalar un aporte privado de carácter “voluntario y temporal”, jurídicamente inseguro (sólo la buena fe y largos procesos judiciales garantizarían su cumplimiento) y económicamente inconveniente (los recursos que podrían ser aprovechados a favor del cine peruano terminan principalmente en las manos de un oligopolio extranjero)


Siguiendo la misma línea, otros artículos de la Ley contribuyen al desarrollo de los intereses comerciales de dichas empresas en el campo de los derechos de autor (al permitirles administrar un “Fondo antipiratería”) y la “creación estética local” (al “obligarlas” a asesorar proyectos cinematográficos). Además, es inaceptable que una ley tenga como objetivo “la masificación del cine”. Si el mercado promueve los estímulos suficientes para que esto último suceda, no hay justificación para que los poderes públicos intervengan.

Ese es nuestro caso. En los últimos años no sólo se ha incrementado el número de espectadores (de 3.4 a 17.2 millones entre 1996 y el 2009) también lo han hecho las salas de cine. De hecho, los mismos exhibidores reconocen que tienen planificado construir 15 multicines en los próximos dos años gracias al auge de los centros comerciales. Ampliar por ley las utilidades de un puñado de empresas es una medida mercantilista que atenta contra los principios de la libre competencia.


Las condiciones actuales del comercio cinematográfico lo corroboran. La industria mundial de cine se caracteriza por el dominio, casi exclusivo, de los seis estudios de Hollywood, popularmente conocidos como Majors. En el 2009, sólo de las taquillas obtuvieron –en conjunto– 29.9 mil millones de dólares como ingresos: 30 y 300 veces más que las industrias europeas y latinoamericanas, respectivamente.


En parte, ello se debe a que controlan los sistemas de distribución y exhibición a través de una red de empresas subsidiarias o afiliadas, apoyadas en dos estrategias de negocio: la oferta saturante (la puesta en circulación de un gran número de copias de un filme durante períodos cortos de tiempo); y la reserva en bloque (los distribuidores obligan a los exhibidores a adquirir las películas en paquete, reduciendo los espacios para cinematografías de otros orígenes)


Por lo mismo, “masificar las salas de cine” implicaría en la práctica facilitar que nuestro mercado continúe siendo inundado por películas hollywodenses. Las consecuencias: más “Throns” y menos “Octubres” en nuestras pantallas; más cine norteamericano y menos opciones para los consumidores; más taquillazos para Hollywood, menos posibilidades de crear un mercado de cine nacional, basado en la demanda de los propios peruanos.


El dilema del gremio cinematográfico que condujo a la aprobación de esta inexcusable norma –apoyarla o quedarse sin recursos– es falso. A diferencia del Congreso, el Ejecutivo, liderado por el Ministerio de Cultura, podría impulsar una iniciativa legal que posibilite financiar el cine nacional a través de un gravamen a las entradas correspondiente al 10%, siguiendo el modelo francés; distribuir proporcionalmente los recursos, promoviendo el desarrollo del cine regional; y modificar todos los artículos que consolidan la posición de dominio de Hollywood.


Esta es la salida que le corresponde a un Estado responsable de hacer valer su soberanía sobre la producción audiovisual nacional y la libertad cultural de sus ciudadanos.