24 de enero de 2011

La observación presidencial y el estado de la ley de cine

En los días posteriores a la observación presidencial a la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional, hemos venido reflexionando al respecto, y queremos compartir con ustedes nuestro parecer sobre este tema de crucial importancia para la cinematografía nacional.

En primer lugar, la observación de la ley es un importante logro colectivo, en el sentido que ha cerrado el paso a una ley que favorecía indebida y exageradamente los intereses del comercio cinematográfico, rechazada por la gran mayoría de la comunidad cinematográfica, sectores de la cultura y buena parte de la opinión pública, y que además hacía perder un monto significativo del presupuesto estatal del Conacine que la Ley 26370 ampara.

Sin embargo, el documento firmado por el Presidente y el premier Chang añade una serie de puntos –no pedidos por los cineastas– que rechazan y desbaratan gran parte de las premisas que se han estado discutiendo en general en este largo proceso de la ley. En total, tiene siete considerandos que pasamos a analizar:

1. Según el documento, las “obligaciones” que la ley proponía imponer a los distribuidores y exhibidores (colocar más copias en el mercado, hacer algunas proyecciones gratuitas, distribuir al menos dos filmes peruanos al año, asesorar a cineastas nacionales), que en realidad son simples acciones de su negocio, restringirían y/o desincentivarían la expansión de sus actividades, lo que atentaría contra la libertad de comercio, como era fácil advertirlo en el proyecto. “Repercutiría negativamente en la rentabilidad de los inversionistas”, dice textualmente, omitiendo las ganancias que con esa ley obtenían esos sectores.

2. La propuesta de crear los Fondos Procine y Antipiratería duplican funciones del Conacine y el Indecopi. Es decir, si Conacine se encarga de fomentar la creación y producción de obras cinematográficas a través de concursos, e impulsar la promoción y difusión del cine nacional, entonces el Fondo Procine no puede hacerlo también, como si el fondo fuera una entidad autónoma. El mismo criterio se emplea para cuestionar que el Fondo Antipiratería realice acciones de control y concientización contra la piratería audiovisual, lo que hace el Indecopi.

Asimismo, a pesar de reconocer que una de las funciones asignadas al Conacine es “preservar el patrimonio audiovisual del país”, se adelanta una mención negativa a la Cinemateca, en el sentido que su creación “como un organismo público dependiente del Conacine” colisiona con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

3. Cuestiona otra vez la creación de los Fondos Procine y Antipiratería: “en la legislación vigente, en el ámbito de la administración financiera, está prohibida la creación de fondos con y sin personería jurídica”, porque separa recursos públicos con carácter extra presupuestal, los sustrae del Sistema Nacional de Presupuesto y del ámbito de la administración financiera del Sector Público. Se afirma que genera desorden porque cada centavo usado “no tiene un correlato en alguna meta presupuestal ejecutada y un objetivo institucional cumplido; conllevando además una imposibilidad de evaluar técnicamente si el recurso público cumplió la finalidad para su uso”. Es decir, en esencia no se acepta que Conacine, siempre tan limitado en el manejo del presupuesto que recibe directamente del Tesoro Público, aspire a tener mayor autonomía en el uso de los recursos del Fondo Procine.

Además, “centralizar recursos en una cuenta aparte o fondo, no permite utilizar eficientemente los recursos públicos”, y “se tendrían recursos depositados en cuentas que no pertenecerían al Tesoro Público por lo que no se podrán utilizar”.

4. Pese a mencionar que es función del Conacine fomentar la creación y producción de obras cinematográficas “prestando una especial atención a los nuevos realizadores”, no considera adecuado otorgar recursos del Fondo Procine a los cineastas regionales sin exigir “estándares mínimos de calidad en la prestación del servicio o de lograr un nivel de ventas que permita, de alguna forma, medir el impacto de la medida en el interior del país”. Es decir, el criterio es estrictamente economicista, olvidando que el fomento del cine regional principalmente debe responder al desarrollo de identidad cultural, y que además no es automático, sino vía concursos. En todo caso, si se trata de exigir “estándares mínimos de calidad” –que habría que empezar por definirlos–, debería ampliarse a todos los premios de Conacine.

Sugiere también que “generaría comportamientos oportunistas de las empresas actualmente establecidas o de las que se crearían”. Por ejemplo, que surjan empresas “que no hayan comprometido un nivel de inversión mínima o que tengan proyectos que no serían rentables y que sólo sobrevivirían con el aporte del Fondo; y, de otro lado, la creación de subsidiarias de empresas localizadas en Lima Metropolitana o en el Callao sólo para obtener las ayudas del Fondo”. Estos riesgos podrían evitarse fácilmente con la elaboración de un reglamento claro y su atenta aplicación.

Como nota curiosa, el documento asume erróneamente que el porcentaje que la ley aprobada proponía destinar al cine regional era de 20%, cuando ya sabemos que tal como quedó la redacción en la ley aprobada por el Congreso, era el 20% del 15%, o sea el 3%.

5. Expresa una negativa más amplia a la creación de la Cinemateca. Considera que el proyecto de ley Procine y el dictamen de la Comisión de Economía del Congreso, que lo aprobó “no acompañan un análisis costo–beneficio en el que se sustente su viabilidad técnica y económica, indicándose además el costo de su implementación y funcionamiento”. Agrega que para ser posible la creación de la Cinemateca “se requerirá que se destinen los recursos necesarios”, pero éstos “no se encuentran previstos en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2011”, obviando que, según la ley, provendrían del Fondo Procine y no del presupuesto asignado por el sector Cultura.

6. Considera improcedente la propuesta de reducir el impuesto municipal a 0%, al plantear “la reducción de los ingresos tributarios de los municipios donde se realice el espectáculo cinematográfico, afectando el cumplimiento de los compromisos presupuestales de éstos”, y supone que los municipios afectados “podrían solicitar asignaciones presupuestales complementarias al Gobierno Nacional, pedidos que no podrían ser atendidos dadas las restricciones fiscales aplicables a las asignaciones de gasto”. Y añade que “en la actual coyuntura económica, se deberían descartar medidas de reducción de los ingresos fiscales a fin de lograr una solidez en la percepción de los ingresos municipales”. Es decir, el mensaje es: no le quiten un centavo a los gobiernos ediles.

De este modo, es necesario replantear la discusión, porque el Ejecutivo asume que es imposible reducir el impuesto. Hay que convencerlo, en primer lugar, de la necesidad de apoyar al cine peruano reduciendo parcial o totalmente el impuesto municipal y asignar todo o parte de este recurso directamente a Conacine. Este consenso con el Ejecutivo es el primer paso para que la ley sea posible.

7. Indica que las modificaciones hechas a la Ley 26370 el presupuesto estatal de Conacine eliminarían la partida correspondiente a los concursos de cortometraje, por lo que debería hacerse la corrección para que no se pierda, planteando la modificación del artículo 17 de la ley actual para unificar los montos de los premios de largos y cortos. Este es el único punto en que el documento responde satisfactoriamente al pedido conjunto de los gremios para que observe la ley.

Resumen

La observación presidencial rechaza eliminar el impuesto municipal, crear los Fondos Procine y Antipiratería, destinar un porcentaje significativo al cine regional, desarrollar la Cinemateca Nacional, y poner obligaciones a los exhibidores y distribuidores. Únicamente acepta proteger el presupuesto estatal del Conacine en el marco de la Ley 26370, o sea lo que ya es previamente existente.

Sin duda, el texto de la observación ha tomado como base el punto de vista de los técnicos del Ministerio de Economía y Finanzas, que ya lo habían adelantado en su informe negativo de la Ley de Masificación del Cine y Fomento de la Producción Cinematográfica Nacional, enviado a las Comisiones de Economía y Finanzas y Educación y Cultura del Congreso de la República. Llama la atención, sin embargo, que no haya mención alguna al aspecto cultural y de identidad de la cinematografía, como si fuera una actividad estrictamente mercantil, lo que revela que el Ministerio de Cultura es todavía una débil y poco atendida voz en el Ejecutivo.

Conclusión

En días pasados consideramos pertinente esperar la observación presidencial y evaluar su contenido, antes de firmar el convenio privado y un determinado porcentaje. Ahora que conocemos el texto de la observación, y que se ha rechazado la eliminación del impuesto municipal y la creación de un fondo que se nutra de él, es evidente que no tiene sentido ni razón seguir en ese camino.

Expresamos nuestra intención de buscar una solución satisfactoria para todas las partes que, fundamentalmente, cuente con la voluntad política del Gobierno a favor de brindar los mayores recursos posibles y permanentes para el cine nacional, revise el funcionamiento del Conacine e incluya los acuerdos en los temas (30% para el cine regional, régimen laboral apropiado, Cinemateca operativa) que formaron parte de la carta conjunta enviada al Presidente de la República.

Aprovechando el espacio de encuentro abierto por el Ministerio de Cultura, debería iniciarse un trabajo de los gremios de cineastas con especialistas de diversos sectores para propiciar una moderna y auténtica ley de cine, que considere los puntos manifestados en las cartas que los gremios dirigieron al Ejecutivo sustentando la solicitud de observación de la ley, tomando como base las otras legislaciones de la región y, como ha sido sugerido en medio del debate público, apelando a los fondos de la cooperación internacional para desarrollar leyes de cine coherentes con los principios ratificados por el Estado Peruano en tratados de carácter vinculante en el marco de la UNESCO, como la Convención por la Diversidad Cultural.

Es momento de que la totalidad de los cineastas, de todo tipo de procedencia, busque el replanteamiento sereno de los aspectos que hagan posible la aprobación de una buena ley, que sea inclusiva, descentralizada, teniendo en cuenta el desarrollo de las nuevas tecnologías y que aspire a un progreso integral y planificado de mediano y largo plazo.


Unión de Cineastas Peruanos (UCP)
Lima, 23 de enero del 2011

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