Eso es lo que repiten los defensores del también llamado proyecto “Majors” para justificar su apoyo dizque pragmático a esas propuestas. ¿Pero es cierto eso? Veamos algunos aspectos controversiales de ambos proyectos y contrastémoslo con la realidad.
1.- Ambos proyectos parten por proponer la reducción del actual impuesto municipal al 0%, lo que implica que tendrán la objeción de las Municipalidades, como ya lo expreso su vocero en el foro en el Congreso en el mes de octubre del año pasado.
2.- Superado ese escollo, es decir logrado el acuerdo político para disponer esos ingresos que pertenecen OJO, al Estado y lo pagan los contribuyentes y no los exhibidores, viene la discusión de cómo dividir la torta y ahí empieza la diferencia porque mientras la Ley Cabrera propone que sea 50% para los cineastas y el resto a los exhibidores; la otra plantea que todo ese dinero vaya a las arcas de los exhibidores-distribuidores y que de allí buenamente estos señores cedan de forma “voluntaria” y por solo cinco años el 33,3% al CONACINE.
3.- ¿Cómo se realizará ese pago? La Ley Cabrera dice que sea por una contribución parafiscal, que no es un impuesto porque no se carga al presupuesto y puede servir de crédito fiscal, pero es obligatorio e indefinido. Instituciones como SENATI y SENCICO se financian por esta vía desde hace muchos años sin mayores problemas. En cambio la Ley Raffo-León dice que será por un Convenio privado, refrendado por el Ministerio de Educación -el mismo que no paga al CONACINE-. A propósito, en el mismo foro que mencionaba antes, el doctor Bravo Cucci, destacado tributarista y profesor universitario, señalo muy claramente que toda ley impone obligaciones, y no puede consagrar acuerdos privados entre las partes. Por esa misma razón no se pudo aprobar en su momento, el proyecto de ley que pretendía la antigua Asociación de Cineastas del Perú en convenio con la Corporación de Exhibidores. ¿Cuál sería entonces la supuesta viabilidad de este nuevo convenio?
4.- En cuanto al régimen laboral, la Ley Cabrera ordena no otra cosa que el cumplimiento de las disposiciones legales que existen en este campo, como el “Decreto Legislativo núm. 728 y demás normas vigentes del régimen laboral de la actividad privada, así como lo señalado en la Ley núm. 28131, Ley del artista intérprete y ejecutante”. Es decir, ni más ni menos que lo que esta vigente para cualquier otro trabajador en el país, incluyendo los artistas, que también tienen trabajo eventual como los técnicos. Por el contrario, en el otro proyecto se dice explícitamente que están exceptuados de las normas legales de la actividad privada los trabajadores “contratados para una producción cinematográfica específica”. Es decir, que estarían en un régimen especial, un limbo jurídico por consagrarse, donde no se deberían aplicar las disposiciones constitucionales y de más alto rango (derecho a seguro, beneficios sociales, jubilación) sino las condiciones que pueda disponer los empleadores. Los mismos que, valga reiterarlo, no hacen películas en la mayoría de los casos con la suya sino con fondos del Estado. Si, como se ha dicho por ahí, no hay explotación ni abuso en este campo ¿por qué oponerse entonces a que estos derechos elementales estén consagrados en una Ley supuestamente “para todos”?
En lo demás, supongo que no habrá mayores objeciones legales a la creación de una Cinemateca (pero con recursos propios y no meramente declarativos) o la asignación de parte de los recursos a las regiones, que algunos quieren reducirlo al mínimo porque ven al país sólo desde su escritorio, mientras nosotros proponemos que sea parte de un verdadero proyecto de integración cultural nacional. Tampoco que el cine peruano pueda llegar de manera regular –y pagada- a las pantallas de la televisión del Estado, no sólo con largos sino con medios y cortometrajes. Todas son propuestas que no van contra la Constitución ni ninguna otra norma legal, y que se aplican con mucho éxito en otros países de al región.
Lo que si es bien poco serio y casi ridículo sino fuese defendido con tanto ardor, son las supuestas “obligaciones” que la Ley Raffo-León impone a las empresas exhibidoras y distribuidoras comerciales., a cambio del dinero que se van a llevar.
Los primeros deben presentar cada año ante el MED, un informe sobre la inversión en nuevas salas en el territorio nacional, como si ese no fuera su negocio y en su beneficio.
Los distribuidores, por su lado, organizarán exhibiciones gratuitas de sus estrenos (es decir, puro “blockbusters”) para los sectores de escasos recursos del país. Eso es lo que la congresista Luciana León llama, en un reciente artículo periodístico, “democratizar la cultura”. Otras “obligaciones” son procurar mayor cantidad de copias para sus estrenos, apoyar la apertura de nuevas salas con avisos impresos, entre otros asuntos que no requieren mayor comentario.
Si este proyecto fuese realmente de “consenso” y no simplemente elaborado por un lado y aceptado por los otros, se debería plantear en contraparte obligaciones realmente significativas como la Cuota de Pantalla por ejemplo, o que los distribuidores den adelantos económicos por estrenos como se estila en Europa y otros lugares. Pero no, aquí es siempre la ley de el embudo, lo grande para ellos y lo angosto para nosotros, que encima debemos estar felices de haber conseguido que nos gotee algo para la sed.
En suma, no es cierto ni nada que lo parezca que la Ley Raffo-León sea más realista y segura que la Ley Cabrera y, por el contrario, esta última se ajusta mucho más a la normatividad legal vigente como ha quedado demostrado. Pero ya sabemos que en este país las cosas no salen sólo porque respetes la Ley sino por presiones políticas y, claro, los grandes lobbies que se arman para defender, dinero en mano, los intereses que lo benefician. Allí esta el quid de la cuestión, y por eso algunos son capaces de casarse con el corrupto fujimorismo, y defender a quien antes lo calificaron de “asqueroso” con tal de sacar adelante su engendro verdaderamente impresentable en cualquier país que se respete. Por nuestra parte, en cambio, apoyamos al proyecto Cabrera, como antes lo hicimos con el de Peralta, no por lealtad a las personas ni a las agrupaciones políticas, sino a los principios y postulados que plantea para el cine nacional. De otra manera ¿con qué ética podría el cine peruano impugnar las miserias de su sociedad?
Saludos,
Christian Wiener
PD: Algo que omití, y me lo hizo notar un amigo abogado ¿puede el Estado imponer el número de salas de cine que deben existir en el país, o la cantidad de copias “a efectos de poder abastecer adecuada y oportunamente las salas de cine en provincias”? Eso, hasta donde sabemos, es puro dirigismo económico, intromisión en la actividad privada, y no lo plantea Hugo Chávez sino la Ley Raffo-León. Y después se dice y repite que es la más “viable”, “pragmática” y “realista”
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