6 de diciembre de 2010

Faenón cinematográfico

De aprobar el Congreso de la República el proyecto de ley N° 3938 o de “masificación del cine”, promovido por los congresistas Carlos Raffo y Luciana León, se estaría consumando un nuevo faenón, esta vez de tipo cinematográfico, ya que gracias a esa disposición, los distribuidores trasnacionales de Hollywood se embolsicarían más de seis millones de soles adicionales a su pingüe ganancia, de unos recursos que formaban parte del impuesto municipal a las entradas de cine (equivalente al 10%).

Las empresas distribuidoras no generan mayor inversión para el cine peruano pues son, en la mayoría de los casos, subsidiarias de empresas extranjeras, y sólo están afectas al impuesto a la renta. Gozan, sin embargo, de grandes privilegios aduaneros, ya que gracias al R.M. N° 063-2000-EF, del 22 de marzo del 2000, las copias cinematográficas lograron acogerse al régimen de “internación temporal para reexportación en el mismo Estado”, como una de las partidas liberadas de aranceles y pago de derechos aduaneros. Es decir, que no pagan un céntimo por el ingreso de las copias de películas que se exhiben en el país, y que pocos meses después reexportan a Ecuador, Bolivia y/o Paraguay.

Quien gestionó estos beneficios para importación fue ni más ni menos que Alberto Quimper, que como parte del estudio Quimper, Vélez y Asociados asesoraba a la empresa de exhibición y distribución Multicines Starvision El Pacifico (que fueron dueños de la sala El Pacifico en Miraflores). En la inclusión de la partida se menciona que estas copias cinematográficas (filmes) son para las Estaciones de Televisión, cuando este medio hace cerca de treinta años que no usa las cintas de celuloide para ninguno de sus procesos.

Gracias a esta disposición, las distribuidoras se “ahorran” un promedio entre 20 y 40 mil dólares por cada película importada (el precio por copia es de 200 dólares, y una película como “Avatar” trae entre 50 y 70 copias) dejando de percibir el fisco cerca de 10 millones de dólares al año desde el 2000.

No sólo eso, este beneficio distorsiona aun más el sistema comercial de las películas, pues obliga a los distribuidores y exhibidores a una explotación amplia, rápida e intensiva de cada filme (en especial, los llamados “blockbusters” o grandes éxitos); desplazando a los distribuidores independientes y del cine peruano, que tienen muchas dificultades para colocar sus escasos estrenos en una cartelera dominada por completo por la oferta gringa.

También ha liquidado los cineclubes y circuitos alternativos que exhibían las películas semanas y meses después de su estreno, porque ahora al terminar su explotación comercial las copias son rápidamente reenviadas al extranjero para seguir su explotación, no quedando ninguna de ellas en manos de las distribuidoras

Otros países de la región, como Argentina, Venezuela o México, obligan a las distribuidoras extranjeras a realizar todas sus copias en los laboratorios fílmicos de sus países, dando trabajo a las empresas locales. En Brasil se impone una tasa, además del importe aduanero, por cada copia de película que ingresa al país. Este ingreso se usa para financiar al cine brasileño.

En ningún país de la región los distribuidores gozan de este beneficio de importación temporal que le brinda el Perú. Esa norma no esta ni siquiera consagrada en el TLC, ni en ningún otro acuerdo comercial.

Con el proyecto de ley de “masificación”, que fue aprobada el miércoles 1 de diciembre, festinando trámites y de manera irregular en la Comisión de Economía, se consagraría aun más estos privilegios mercantilistas, pues el texto consagra como uno de sus objetivos la mayor importación de copias de películas, a beneficiarse con la desgravación tributaria.

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